Este plan permitirá al contribuyente poder realizar el pago de los recibos en tres modalidades, bien efectuando el pago en dos fracciones, en los meses de abril y octubre, bien en tres fracciones, efectivas en abril, julio y octubre, o bien en diez fracciones, de febrero a noviembre. El alta deberá se formalizará mediante la cumplimentación del impreso correspondiente, en el que se hará constar necesariamente los datos identificativos de los recibos, así como el número de cuenta bancaria donde se deberán domiciliar los pagos. Dichos pagos se cargarán en cuenta en los diez primeros días del mes que corresponda abonar la fracción.
El Plan de Pagos Personalizado se entenderá automáticamente prorrogado para cada uno de los ejercicios siguientes, siempre que el interesado no formule renuncia expresa al mismo y no tenga deudas pendientes de pago en periodo ejecutivo.